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Tratado de libre comercio entre Panamá y Estados Unidos

INTRODUCCIÓN

Un tratado de libre comercio (TLC) es un acuerdo comercial vinculante que suscriben dos o más países para acordar la concesión de preferencias arancelarias mutuas y la reducción de barreras no arancelarias al comercio de bienes y servicios. A fin de profundizar la integración económica de los países firmantes, un TLC incorpora además de los temas de acceso a nuevos mercados, otros aspectos normativos relacionados al comercio, tales como propiedad intelectual, inversiones, políticas de competencia, servicios financieros, telecomunicaciones, comercio electrónico, asuntos laborales, disposiciones medioambientales y mecanismos de defensa comercial y de solución de controversias. Los TLC tienen un plazo indefinido, es decir, permanecen vigentes a lo largo del tiempo por lo que tienen carácter de perpetuidad.

[image]Los Tratados de Libre Comercio forman parte de una estrategia comercial de largo plazo que busca consolidar mercados para los productos peruanos con el fin de desarrollar una oferta exportable competitiva, que a su vez genere más y mejores empleos.

El Tratado de Libre Comercio Estados Unidos – Panamá incluye temas de importancias que serán tocados en este trabajo, tales como: la administración aduanera y facilitación del Comercio internacional, obstáculos técnicos al comercio, contratación pública, Inversión Extranjera Directa, telecomunicaciones, comercio electrónico, derechos de propiedad intelectual, trabajo y la protección del medio ambiente.

CONTENIDO

TRATADO LIBRE COMERCIO

ENTRE PANAMA Y ESTADOS UNIDOS

  1. ANTECEDENTES DEL TLC PANAMA Y ESTADOS UNIDOS

Las negociaciones del TLC se han venido realizando desde hace 15 años. Se hace evidente que el proceso no ha sido rápido ni indoloro. En septiembre de 1995 durante un almuerzo en la Casa Blanca, el expresidente panameño Ernesto Pérez Balladares y el expresidente de Estados Unidos Bill Clinton discutieron intereses comunes incluyendo el comercio bilateral. Luego la administración encabezada por la expresidente Mireya Moscoso en Panamá y el expresidente George Bush en Estados Unidos fomentó una serie de encuentros culturales y de trabajo que llevaron al TLC.

Durante la administración del expresidente Martín Torrijos el TLC se convirtió en una carrera de obstáculos, ya que fue negociado en medio de una fuerte oposición en Estados Unidos y debate muy fuerte en Panamá, sin embargo, fue finalmente firmado. El 30 de noviembre de 2007, la Asamblea Nacional de Panamá ratificó el TLC, pero la ratificación por el Congreso de Estados Unidos todavía quedaba pendiente.

Bajo la actual administración del Presidente Martinelli el TLC se precipita hacia adelante. Panamá rápidamente accedió a los requerimientos de Estados Unidos tales como la firma de un Acuerdo de Intercambio de Información Fiscal (TIEA, por sus siglas en inglés) y modificó algunas leyes laborales con respecto a los sindicatos de trabajadores. Gobiernos sucesivos han trabajado fuertemente para lograr el TLC con Estados Unidos y está finalmente cerca de su realización. El TLC podría ser presentado al Congreso en agosto y estar plenamente implementado quizás 20 meses después de eso. Entra en vigencia el tratado el 31 de octubre del 2012.

  1. ¿QUE ES TRATADO PROMOCION COMERCIAL?

El Tratado de Promoción Comercial es una herramienta de desarrollo económico y social utilizado para facilitar el intercambio comercial y las inversiones entre uno o varios países, los Tratados de Promoción Comercial garantizan el ingreso más fácil de nuestros productos a otros países sin tener que pagar los impuestos que ellos cobran por las mercancías que no producen. Los acuerdos de promoción de comercio han demostrado ser herramientas que contribuyen despertar y desarrollar económicamente a los pueblos, en atención a las ventajas reales que generan. El escenario que genera un TPC, atrae nuevas inversiones de empresarios que quieren producir y prestar servicios en nuestro caso desde Panamá, aprovechando las ventajas que supone tener un tratado de promoción comercial con una de las economías más poderosas del mundo.

Al Tratado de Libre Comercio, de Panamá con los Estados Unidos, ahora se le ha querido llamar: “Tratado de Promoción Comercial”. En principio, se puede pensar que es un cambio de nombre sin mayor relevancia. Sin embargo, sí la tiene, debido a que cada vez más en América Latina se ha podido demostrar que:

  • los TLC no son tan “libres” ni tampoco “comerciales”, sino que son convenios sumamente condicionantes, principalmente, para los países de América Latina, y,
  • involucran cosas más allá de las cuestiones comerciales, que incluyen cuestiones de valoraciones políticas que los EEUU pueden tener con respecto a nuestros gobiernos.
  1. OBJETIVOS

Los objetivos de este Tratado, desarrollados de manera más específica a través de sus principios y reglas, incluidos los de trato nacional, trato de nación más favorecida, y transparencia, son:

  • estimular la expansión y diversificación del comercio entre las Partes;
  • eliminar los obstáculos al comercio y facilitar la circulación transfronteriza de mercancías y servicios entre los territorios de las Partes;
  • promover condiciones de competencia leal en la zona de libre comercio;
  • aumentar sustancialmente las oportunidades de inversión de las Partes;
  • proteger en forma adecuada y eficaz y hacer valer los derechos de propiedad intelectual en el territorio de cada Parte;
  • crear procedimientos eficaces para la aplicación y el cumplimiento de este Tratado, para su administración conjunta, y para la solución de controversias; y
  • establecer lineamientos para la cooperación bilateral, regional, y multilateral dirigida a ampliar y mejorar los beneficios de este Tratado.
  1. IMPLEMENTACION DEL TLC

La aprobación del TPC por el Congreso de los Estados Unidos dio inicio a la etapa de implementación, por lo que ambos gobiernos crearon equipos especializados dedicados exclusivamente a la revisión jurídica. Luego del análisis entre ambos países se identificaron 188 temas para su discusión en el marco del proceso de implementación.  Este proceso exigió el análisis de aproximadamente 127 leyes e instrumentos legales vigentes en la República de Panamá.  Algunos temas ya formaban parte de la legislación panameña, por lo que no se requería emitir nueva legislación o modificar las normas vigentes.

Durante 8 meses, y luego de 5 rondas de reuniones en Ciudad de Panamá y en Washington DC, múltiples videoconferencias, conferencias telefónicas, remisión de legislación nacional vigente, intercambio de cuestionarios y borradores de legislación, fueron identificados de los cambios necesarios a la legislación vigente, De esta forma se redactaron 21 normas jurídicas que reflejan los 188 temas, adecuando la ley panameña al TPC.
Las 21 normas jurídicas fueron redactadas y analizadas en conjunto con las autoridades competentes (15 instituciones diferentes).  Estas normas jurídicas están conformadas por 8 Proyectos de Ley, 2 Decretos de Gabinete, 6 Decretos Ejecutivos y 5 Resoluciones.

Dichas normas jurídicas sirvieron de base para las discusiones con la Oficina del Representante Comercial de los Estados Unidos (USTR), quienes luego de un amplio intercambio de criterios con el Ministerio de Comercio e Industrias, aceptaron que dichos instrumentos legales cumplen los compromisos del TPC.

  1. ¿BENEFICIOS PARA QUIEN?

  1. Opiniones a favor del TLC

El TPC con EEUU establece un medio eficaz para garantizar el acceso de nuestros productos a nuestro primer socio comercial, a través de reglas claras y transparentes. Además amplía el acceso a los mercados para los bienes y servicios panameños a la principal economía del continente americano, contando para ello, con reglas claras y permanentes que favorecen un ambiente para el establecimiento de mayores inversiones entre ambos países.

En materia de inversión, el TPC brinda estabilidad jurídica y certeza en cuanto a la aplicación real de los principios que buscan la protección y promoción de las inversiones, que son los dos elementos fundamentales que promueven el incremento de flujos de inversión extranjera a nivel mundial.

Proporciona oportunidades importantes para sectores clave de nuestra economía como el de telecomunicaciones, Zona Libre de Colón, y servicios marítimos auxiliares. Cabe resaltar que el TPC además proporciona oportunidades para el fortalecimiento de las relaciones comerciales y el aumento de flujos de inversión con Puerto Rico, una economía muy parecida a la de nuestro país.

Finalmente, es pertinente destacar que el TPC es un instrumento que ofrecen beneficios mutuos a Panamá y a Estados Unidos. Por tanto, si bien Panamá es un país mucho más pequeño que EUA, se presenta para las empresas locales un gran potencial en ese mercado, tanto por las dimensiones del mismo como por su poder adquisitivo. Es importante señalar además la existencia de nichos específicos de mercados para algunos productos (mercado latino por ejemplo) que pueden significar un importante atractivo de exportación para la producción nacional. Beneficios adicionales para Panamá, pero no menos importante lo representa el aprovechamiento del mercado para las exportaciones de servicios y la atracción de inversiones americanas hacia Panamá, lo que estimularía favorablemente la economía nacional.

  1. Opiniones en Contra del TLC

El TLC entre Panamá y Estados Unidos, ha dejado a Panamá en mala posición agro-productora. Para nuestra nación, el desgravamen rápido de aranceles y las imposiciones fitosanitarias por parte de Estados Unidos llevará a los agricultores panameños contra una esquina en la que solo golpes recibirá hasta que cada uno comience a tirar la toalla y se arrodillen ante ellos. Para las empresas estadounidenses, el acceso al mercado que esperan obtener a través del TLC implica una doble agenda; la eliminación no solo de los aranceles, sino también de las restricciones sanitarias y fitosanitarias.

Estados Unidos quiere seguir procedimientos que solo provengan de sus propias agencias federales, tanto para comprar como para vender en Panamá. Esto significa conseguir que este país acepte los transgénicos y sus normas de inspección de sanidad animal e inocuidad de la carne, siendo estas ampliamente criticadas como demasiado flácidas por sus propios nacionales. Paralelamente, la forma metódica de manejar la información y presentar los supuestos beneficios de transgénicos.

La nueva ley de modernización de alimentos y la reciente discusión de etiquetado de transgénicos en los alimentos, establecerá que cualquier producto fabricado o sembrado lleve una etiqueta o análisis de transgénico en su empaque. Si el producto contiene trazos de transgénicos y no es reportado, será conocido como “mal etiquetado” y puede ser prohibida su venta y distribución en todo el territorio estadounidense.

Otras de las imposiciones serán las certificaciones GAP y GMP (Buenas prácticas Agrícolas y de Manufacturas), estas al no ser aprobadas por la agencias federales, se convertirán en una barrera no arancelaría e impedirán su importación a esta nación.

  1. Beneficios inmediatos del TLC

ANTES DEL TPC DESPUES DEL TPC
Preferencia unilateral, temporal y sujeta a renovación Tratado permanente sujeto a derechos y obligaciones bilaterales
Población del mercado de libre comercio: 124 millones de personas Población de mercado de libre comercio: 438 millones de personas (incremento de 253%)
Tratamiento preferencial limitado a la listad de ICC y SGP Tratamiento preferencial para el universo arancelario de EEUU (ICC + SGP + otros)

Estados Unidos liberaliza de manera inmediata, aproximadamente el 97% del universo arancelario

Interacción de indirecta en temas comerciales Interacción directa con autoridades comerciales americanas
Sin acceso a compras gubernamentales en EEUU Nuevo acceso a compras gubernamentales en los Estados Unidos.
  1. PRODUCTOS IMPORTADOS

El TPC ofrece oportunidades mediante contingentes arancelarios para exportar hacia Estados Unidos productos como: azúcar, quesos selectos, otros quesos, leche condensada y evaporada, y helados; y contingentes arancelarios para importar libre de arancel a Panamá productos originarios como: carne de cerdo, grasa de cerdo, leche fluida, mantequilla, tomates procesados, maíz, arroz, papas fritas cuartos traseros de pollo, entre otros.

Principales exportaciones agrícolas de Panamá hacia Estados Unidos (2011)

  • Azúcar
  • Bananas
  • Piñas
  • Café sin tostar
  • Café tostado
  • Plátanos
  • Hortalizas frescas
  • Jugos de frutas
  • Ron

Principales exportaciones no agrícolas de Panamá hacia Estados Unidos (2011)

  • Demás salmónidos Frescos
  • Camarones, Langostinos Congelados
  • Filetes de pescado Congelados
  • Desperdicios de Aluminio
  • Demás pescados frescos
  • Desperdicios de Cobre
  • Atunes de Aleta amarilla
  • Desperdicios de metales preciosos.

Para nuestros productores, Estados Unidos supone un mercado potencial de más de 300 millones de habitantes con alto poder adquisitivo. Más de 40 millones de esos habitantes son de ascendencia latina con un ingreso anual promedio de 350 a 475 mil millones, monto similar al producto interno bruto de México, lo cual asegura la continuidad y el gusto por los productos provenientes de nuestra región, especialmente de nuestro país donde contamos con una diversa oferta exportable. Rubros como el melón, café, zapallo, sandías, piñas, truchas, entre otros consolidarán su presencia en ese mercado.

Hoy día estos productos no tradicionales tienen un margen de ganancia muy superior al de hace 10 años, gracias a la actividad exportadora, lo que ha demostrado ser un generador de empleos en las regiones en donde se producen.

  1. LOGISTICA DEL TLC

El Tratado de Libre Comercio Estados Unidos – Panamá asegura el acceso al mercado de los servicios de Panamá estimado en 20.000 millones de dólares, incluso en áreas prioritarias tales como servicios financieros, telecomunicaciones, informática, distribución internacional, entrega rápida, energía, medio ambiente, y servicios profesionales.

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Panamá tiene una situación estratégica como ruta de transporte internacional, 2/3 de los tránsitos anuales del Canal de Panamá están relacionados con puertos de Estados Unidos.

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  1. CONTENIDO DE LOS CAPÍTULOS DEL TRATADO

El Acuerdo de Panamá con Estados Unidos consta de 22 capítulos. El trabajo en conjunto entre el sector privado y el Gobierno Nacional fue un elemento clave durante la negociación, ya que permitió el cierre de un TPC que generará beneficios y oportunidades para todos los panameños. A continuación se explicarán algunos capítulos de importancia:

  1. Acceso a Mercados

En el capítulo de acceso a mercado se negocian las normas que facilitan el intercambio de bienes originarios de los países firmantes del tratado de promoción comercial y que establecen un congelamiento arancelario a partir de la vigencia del mismo.

  1. Para Los Bienes Industriales

Panamá aseguró que el 100% de nuestras exportaciones industriales y pesqueras entrarán a EUA libre de todo arancel de manera inmediata, beneficiando las exportaciones de productos elaborados del mar que tienen gran potencial de crecimiento en el mercado estadounidense, como el atún o la trucha. También se beneficiarán de los mejores tratamientos arancelarios productos tales como: Tableros para parques de madera, desperdicios de oro, desperdicios y desechos de aluminio, fregonas para el suelo (trapeador), T-shirts y camisetas de algodón, vigas para encofrado de aluminio sin alear, mangos para escobas, trapeadores, escobillas y utensilios domésticos, cepillos para limpieza de fibra vegetal, plástica, sintética o artificial y perchas (ganchos para colgar ropa).

Por otro lado, se lograron los mejores plazos de desgravación arancelaria, a 10 años no lineal, especialmente para los productos sensitivos tales como sal, cemento, papel, cartón y jabones. El término “diez años no lineal” hace referencia a que el arancel se desgravará en diez años.

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  1. Para Bienes Agrícolas

Consolidación de los beneficios arancelarios de la Iniciativa de la Cuenca del Caribe (ICC) y del Sistema de Preferencias Arancelarias para los productos agrícolas y agro-industriales. Acceso inmediato a cero aranceles para los productos destinados a la agro-exportación, como melones, sandías, ñame, zapallo, ají o piña.

En el sector lácteo Panamá logró acordar una cuota para exportar 4 mil 300 toneladas de productos lácteos no “Grado A”, equivalente a 14.9 millones de litros de leche. Estados Unidos recibió una cuota para exportar a Panamá de 3 mil 800 toneladas (es decir, 1.3% de la producción nacional).

Se obtuvieron tres exclusiones técnicas en rubros sensitivos para Panamá, como lo son: café, papa y cebolla.

  • Café: No entrará café instantáneo de menor precio que pudiese desplazar la producción de los cafetaleros panameños.
  • Papa: No se le aplicará ningún plazo de desgravación. Además se obtuvo una cuota de 750 toneladas, de acuerdo a lo solicitado por los productores.
  • Cebolla: Tampoco se le aplicará ningún plazo de desgravación. La cuota acordada para este producto es de 800 toneladas, de acuerdo a lo solicitado por los productores.

Para el arroz, uno de los rubros más sensibles para Panamá, se logró un plazo de desgravación de 20 años con 10 años con el arancel congelado. Con respecto al azúcar, Panamá es el primer país en lograr que se elimine la cláusula de exportador neto, que limitaba la posibilidad de hacer efectiva la cuota de azúcar otorgada por Estados Unidos. Adicionalmente, Panamá obtuvo un incremento en su cuota de 7,000 toneladas y la capacidad de administrar la cuota siguiendo los parámetros requeridos por la industria. La consolidación de los beneficios de la Iniciativa de la Cuenca del Caribe (ICC) se extiende a los beneficios relacionados con el acceso libre de cargos aduaneros para el etanol hecho con insumos locales y hasta un techo de cerca de 300 millones de galones para el etanol con contenido de insumos no locales.

Cumpliendo con las expectativas del sector, para el pollo se obtuvo plazo de desgravación de 18 años y una cuota de 600 toneladas. En el rubro aceite se logró cero cuotas para el aceite de soya, además de 15 años de desgravación y siete salvaguardas agrícolas.

Para el cerdo se concedió una cuota inicial de 1,600 T.M. en las áreas más sensibles, lo que representa un 8.8% de la producción y el equivalente a 29 días de consumo. Además se obtuvo la protección adicional de una salvaguardia especial agrícola para 23 líneas arancelarias.

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  1. Textiles

Las molas, incluyendo todas las prendas de vestir que incorporen sustancialmente estas artesanías y las guayaberas no pagarán arancel de introducción, a pesar de estar elaboradas con hilos y telas procedentes de terceros países.

  1. Reglas De Origen

El negociar satisfactoriamente las reglas de origen permite atraer inversión hacia Panamá de países que deseen exportar sus productos a Estados Unidos. Además, se busca promover los métodos de producción que estén dirigidos a asegurar los beneficios de un mercado ampliado y un valor añadido de producción nacional. Las normas de origen son importantes porque permiten que exista un régimen transparente, flexible y predecible para todos los operadores comerciales.

En este aspecto, Panamá obtuvo reglas que buscaban potenciar el crecimiento del sector industrial e insumos nacionales para la fabricación de productos de alto valor agregado para la exportación. Dentro de ello podemos destacar que el TPC crea importantes ventanas para productos como jabones, vidrios, productos de madera y sus manufacturas, industria de cosméticos, jugos tropicales etc.

  1. Administración Aduanera

El capítulo establece un marco general que debe ser aplicado por la autoridad de cada país para otorgar o verificar las preferencias arancelarias reclamadas por los importadores.

Se logra consolidar la ventaja de la Zona Libre de Colón como centro logístico y su aporte como facilitador del comercio entre los países. Compromiso logrado a través de una carta adjunta la cual reconoce que el principio de compra y venta de mercancías que realiza la zona entre socios comerciales con los que EUA tiene acuerdos comerciales. Se facilitará el comercio, promoverá el control aduanero y se contribuirá a los procesos de modernización de las aduanas, lo que permitirá el desarrollo de actividades.

  1. Mecanismos De Defensa Comercial

Regula los pasos a seguir para defender la producción nacional frente a prácticas desleales como dumping y subsidios. En estos casos se establecen medidas antidumping y de derechos compensatorios; igualmente para la defensa en caso de un incremento sustancial de las importaciones por el cumplimiento del programa de desgravación se establecerán mecanismos de salvaguardias.

Las salvaguardias bilaterales podrán ser utilizadas, por un máximo de 4 años durante un período de hasta 10 años para el caso de productos industriales. También se incluyen salvaguardias especiales agrícolas las cuales tienen por finalidad principal incrementar los niveles de protección, para productos que nuestras bases productivas hayan identificado como sensibles.

En el marco del acuerdo Panamá obtuvo 88 Salvaguardias Especiales Agrícolas en rubros tales como cerdo, pollo, aceites y arroz.

  1. Inversión

Este capítulo tiene como principal motivación el fomento y la protección de las inversiones en un clima favorable, facilitando la transferencia de tecnología y fortaleciendo a los sectores productivos de la región.

Estados Unidos el mayor inversionista en Panamá, el cual en el marco de una estrategia combinada podría potenciar nuestro posicionamiento regional como líderes en sectores específicos de la economía hemisférica. Mayor nivel de seguridad jurídica mediante un mecanismo de solución de controversias inversionista – Estado, a través del cual el inversionista podrá activar un proceso arbitral contra el Estado receptor de la inversión para reclamar sus derechos por alguna violación del TPC. Es importante destacar que nuestro país ha potenciado con este acuerdo, sus políticas de promoción y atracción de inversiones de valor agregado. Todos los sectores de mayor atracción a la inversión claramente se definen en el contexto del acuerdo, por lo que debemos esperar que en conjunto con otras disciplinas, tales como la negociación del sector agrícola e industrial, podamos desarrollar inversiones multisectoriales que aseguren el crecimiento y la promoción del comercio entre ambos países.

Precisamente para el interés de promoción de inversiones, al lograr innovar con la definición de los bienes remanufacturados, Panamá brinda la posibilidad de promovernos como un centro logístico “remanufacturador” a través del “outsourcing” para grandes compañías americanas que produzcan: Aparatos mecánicos, Aparatos de sonido, Aparatos de imagen y televisión, Motores de vehículos y automóviles terrestres, Aparatos médico-quirúrgicos, Aparatos de óptica y fotografía, Mobiliario para medicina, cirugía y odontología.

También se crea la posibilidad de invertir en las zonas procesadoras nacionales. Esto se genera pues se negociaron reglas de mayor flexibilidad que CAFTA para productos como: Calentadores de agua, Microondas, Planchas, Secadoras de cabellos, Tostadores, Cámaras fotográficas, Cámaras cinematográficas y proyectores cinematográficos.

  1. Comercio Transfronterizo De Servicios

Los servicios se pueden prestar a través del comercio transfronterizo, consumo y suministro en el extranjero. Esta negociación fue sumamente ventajosa para Panamá porque es un sector competitivo y tenemos oportunidades potenciales de acceso a ese mercado, mientras que se lograron las restricciones adecuadas para proteger al sector de servicios profesionales en Panamá.

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Se garantiza un trato no discriminatorio en la prestación de los servicios transfronterizos. Respecto al ejercicio de las profesiones de abogados, arquitectos e ingenieros en Panamá, se mantiene el requisito de nacionalidad y sólo se permitirá la prestación temporal de servicios profesionales por extranjeros en casos específicos y sujetos a aprobación del gremio correspondiente.

  1. Servicios Marítimos

Panamá gestionó la negociación bilateral de TPC con EUA en razón de nuestra economía nacional basada en servicios, donde los servicios marítimos ocupan un papel preponderante.

Se estableció el entendimiento entre ambos países sobre el tratamiento de reciprocidad referente al no cobro de impuesto por tonelaje de carga y la facultad de transportar equipos vacíos de carga y estiba entre sus respectivos puertos.

Otro logro importante para Panamá en esta negociación fue haber obtenido la exoneración del recargo de 50% por las reparaciones no urgentes realizadas a navíos norteamericanos en astilleros panameños, al margen de la regla de origen, lo cual fue explícitamente aclarado en este TPC.

  1. Servicios Financieros

El capítulo garantiza el acceso, la estabilidad y la no discriminación a nuestros prestadores de servicios financieros, los servicios bancarios, de seguros y valores, en el mercado de los EUA.

Se consolida el acceso a los prestadores de servicios financieros en el mercado estadounidense, uno de los más importantes para nuestro centro financiero. Se garantiza un trato preferencial en la prestación de los servicios en presencia comercial de inversión panameña a través de la banca, valores y el sector seguros y reaseguros. Estos gozarán de la protección que brindan los mecanismos para la solución de controversias, sin tener que quedar sujetos a disposiciones internas o arbitrarias de cada país.

  1. Comercio Electrónico

Por medio de este capítulo se acordó un marco de reglas y principios generales tendientes a crear un entorno favorable para la expansión del comercio electrónico, que sirva como instrumento para facilitar y abrir nuevas oportunidades de comercio y para fomentar el desarrollo, modernización y competitividad en favor del sector productivo y los consumidores. Así se establece el inicio de un desarrollo convencional que llegará, en su momento, a regular incluso el derecho aplicable a los contratos cibernéticos.

  1. Propiedad Intelectual

El capítulo de Propiedad Intelectual, dentro del marco del TPC, promueve la protección de aquellos bienes intangibles que conllevan un esfuerzo intelectual de los creadores que pueden ser persona natural o jurídica, regulando así los aspectos de los derechos del creador que tienen incidencia en el comercio. Comprende disposiciones sobre la protección de marcas; indicaciones geográficas; nombres de dominio en Internet; obligaciones pertinentes a los derechos de autor y derechos conexos; patentes; entre otros.

Crea un foro de consultas y establece un mecanismo para de dirimir controversias sobre la adopción de legislación en materia de Propiedad Intelectual.

Panamá logró los siguientes plazos para la adhesión de algunos convenios administrados por la OMPI:

  • En el Tratado de Derecho de Marcas (TLT) sobre marcas, se logra un período hasta el 2011.
  • En el caso del Convenio Internacional para la Protección de las Obtenciones Vegetales (UPOV), Panamá logra un período hasta el 2010.

EUA se rehusaba a establecer compromisos en materia de conocimientos tradicionales por considerarlo un precedente difícil en sus futuras negociaciones. Panamá logra el reconocimiento del tema lo cual generará un impacto en el sector indígena.

  1. Laboral

Por medio de este capítulo, Panamá y EUA se comprometen a hacer cumplir su legislación laboral nacional y sus compromisos internacionales en esta materia, dirigido a asegurar la observancia de los derechos internacionalmente reconocidos. Esta obligación se relaciona con los derechos fundamentales de los trabajadores, en particular el derecho de asociación, el derecho a organizarse y negociar colectivamente, salarios mínimos, horas de trabajo y seguridad, y salud ocupacional, entre otros.

Se reafirma el pleno respeto a la Constitución Política y a la legislación laboral. Se reconoce el derecho que tiene Panamá de adoptar o modificar su legislación, reconociendo que es inapropiado promover el comercio o la inversión mediante el debilitamiento o reducción de la protección contemplada en la legislación interna; compromiso que ofrece a los trabajadores la seguridad de que se deben cumplir todas las normas laborales nacionales existentes.

Se establece un procedimiento de consultas cooperativas entre las partes para cualquier asunto relacionado con el capítulo, así como un procedimiento para solventar disputas a través de un panel arbitral de expertos independientes e imparciales de los países. Con ello se sustituye el mecanismo unilateral de evaluación del cumplimiento de los derechos laborales por parte de EUA, por un mecanismo arbitral con reglas claras y específicas.

  1. Ambiente

En este capítulo se acuerda el establecimiento de reglas y principios claros para el efectivo cumplimiento de la legislación ambiental nacional, prohibiendo el desmejoramiento de los niveles de protección ambiental con el fin de atraer inversión o promover el comercio. Se fortalece la cooperación en áreas prioritarias principalmente en temas relacionados con el fortalecimiento de los sistemas de gestión ambiental, fortalecimiento de la capacidad técnica y científica para apoyar la formulación de políticas ambientales, la promoción de producción más limpia, la promoción de la conservación y manejo de parques marinos y otras áreas protegidas.

En ese sentido, se negocia un Acuerdo de Cooperación Ambiental, el cual constituye un acuerdo independiente, dirigido a reforzar los asuntos ambientales en la región.

  1. Solución De Controversias

Se crean mayores niveles de seguridad jurídica al establecer un mecanismo de solución de controversias intergubernamentales que puedan surgir en la aplicación de un TPC. De igual manera, se establece un período preliminar de consultas y negociación entre los Estados que busca generar una solución amigable del conflicto.

Se establece un arbitraje obligatorio para las partes en los siguientes casos:

  • Interpretación o aplicación del TPC.
  • Revisión de alguna medida efectiva o propuesta por uno de los países miembros y que otro país miembro considere que eso podría ser inconsistente con las obligaciones del TPC.
  • Una medida efectiva o propuesta que anule o menoscabe un beneficio del cual una de las partes considere que podría razonablemente haber esperado sacar provecho conforme al acuerdo.

En caso de incumplimiento del fallo arbitral, el país afectado podrá solicitar la suspensión de beneficios equivalentes otorgados en el TPC al país que incumple.

  1. COMPLICACIONES AL RECHAZAR EL TLC CON ESTADOS UNIDOS

Pérdidas potenciales de los beneficios bajo la ICC y SGP en virtud de su discrecionalidad. Debemos recordar, que 76 centavos de cada dólar exportado en productos agrícolas van amparados bajo estos programas. Hay que tener presente que el TPC con USA consolida para siempre todos los que Panamá mantenía bajos los programas de preferencias no recíprocas de Estados Unidos como el ICC y el SGP.

Pérdida de competitividad de nuestras exportaciones en el mercado norteamericano. Por ejemplo, las exportaciones de melones que alcanzaron su máximo histórico de US$23.8 millones en el 2008, y que entraron a este mercado sin pagar arancel, en virtud de este mecanismo unilateral de Estados Unidos, tendrían que pagar 29.8% de arancel de importación fuera de la ICC. Otro ejemplo ilustrativo lo constituye los jugos de frutas tropicales que pagarían aranceles de importación de 7.9 centavos por litro fuera de la ICC. Las exportaciones de jugos de Panamá a Estados Unidos totalizaron US$2.2 millones en el año 2010. Ya México y los países de Centroamérica y República Dominicana tienen consolidadas para estos productos esta preferencia.

Desviaciones de inversiones potenciales hacia países de Centroamérica y República Dominicana que cuentan con un TLC con Estados Unidos.

 

CONCLUSION

La importancia del TLC es que es un portal que se abre para los exportadores locales no tradicionales hacia el enorme mercado de Estados Unidos. Estados Unidos es el principal socio comercial de Panamá. Recibe cerca del 45% de las exportaciones nacionales de Panamá y las importaciones de Panamá desde Estados Unidos son en promedio $ 4 mil millones al año. Estados Unidos es también el principal proveedor de los productos utilizados o consumidos en nuestro país. Por otro lado las inversiones de Estados Unidos en Panamá están por encima de $ 6.5 mil millones.

En el lado positivo de un TLC con Estados Unidos se estabilizarían aranceles de importación para la exportación de productos no tradicionales desde Panamá, abriendo así un enorme mercado para las pequeñas y medianas empresas locales. En el lado negativo Panamá debe estar lista para competir en calidad y debe ser capaz de entregar el volumen requerido por ese vasto mercado.

El tratado de promoción comercial entre Panamá y Estados Unidos promete algunos beneficios, mejoras y desarrollos que podrían ser las soluciones de algunas falencias de nuestra economía y de nuestra sociedad en general; si no hay manera de medir la realidad de una forma exacta los beneficios de estas negociaciones, no cabe duda que el intercambio lo sería, pero que tan beneficioso podría llegar a ser el intercambio cuando una de las

partes no tiene mucho que ofrecer.

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ANEXO

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Ejemplo de la unidad Estados Unidos – Panamá Tratado de Libre Comercio

Citar este texto en formato APA: _______. (2017). WEBSCOLAR. Tratado de libre comercio entre Panamá y Estados Unidos. https://www.webscolar.com/tratado-de-libre-comercio-entre-panama-y-estados-unidos. Fecha de consulta: 19 de April de 2024.

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