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La discapacidad en Panamá

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INVESTIGACION

¿Qué organizaciones se han preocupado por los derechos de los discapacitados?

Algunas organizaciones que se han preocupado por los derechos de los discapacitados son las siguientes:

  • Consejo Consultivo Nacional de Discapacidad (CONADIS). El Consejo Nacional Consultivo de Discapacidad y la Junta Directiva de la Secretaría Nacional de Discapacidad presentan a la comunidad nacional, el Plan Estratégico Nacional para la Inclusión Social de las Personas con Discapacidad y sus Familias (PEN) 2011-2014, en cumplimiento de lo establecido en la Ley N° 23 de 28 de junio de 2007.

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  • Secretaría Nacional de Discapacidad (SENADIS). La creación de SENADIS, como punto focal para el seguimiento de los compromisos adquiridos por Panamá, tanto con la población con discapacidad y sus familias, en su carácter de país signatario de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y del Programa de Acción para el Decenio de las Américas por los Derechos y la Dignidad de las Personas con Discapacidad del Sistema Interamericano, dio inicio a una nueva etapa de desarrollo en la atención de este tema y como resultado se desarrolla el Primer Plan Estratégico 2005-2009 para guiar la acción sectorial, se establecen mecanismos participativos de coordinación sectorial y con la sociedad civil, se levanta el primer censo especializado sobre la población con discapacidad en la República (PENDIS, 2006), se elabora el documento oficial de la Política Nacional de Discapacidad y se ejecutan una diversidad de acciones en materia de sensibilización, promoción de la equiparación de oportunidades.

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  • Ministerio de Desarrollo Social. De acuerdo a la Ley No 29 de agosto de 2005, este ministerio es responsable de dictar la política social de la República de Panamá, destinada a las poblaciones vulnerables, tales como niñez, juventud, mujer, adultos mayores, indígenas, afro descendientes, familia y personas con discapacidad. Estas políticas a su vez se sectorizan en distintas instancias pertenecientes a dicho ministerio o a otras que forman parte del Gabinete Social, presidido por el MIDES.

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  • Ministerio de Educación. Este ministerio, como ente rector de la educación, cuenta con la Dirección Nacional de Educación Especial, dirección que tiene como misión, promover e impulsar una educación para todos los grupos que presentan necesidades educativas especiales. Uno de los ejes que guían la acción de esta dirección es el desarrollo del proceso de educación inclusiva a nivel nacional, lo cual implica la creación de condiciones metodológicas, didácticas, físicas y de actitud de los prestadores del servicio, que favorezcan la efectiva participación de los estudiantes con necesidades educativas especiales en el proceso enseñanza-aprendizaje.

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  • Ministerio de Salud. El Ministerio de Salud, además de cumplir con su obligación constitucional de proveer de salud a toda la población del país, cuenta con la Oficina Nacional de Salud Integral para Personas con Discapacidad (ONSIPD), la cual debe, entre otras cosas, desarrollar programas de rehabilitación, razón por la que se han estado creando centros de rehabilitación denominados Centros Reintegra en ocho provincias del país, para dar cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley 42 sobre Equiparación de Oportunidades. La otra institución dentro de este ámbito que ofrece servicios a una población específica es el Instituto de Salud Mental, destinado a ofrecer servicios de rehabilitación comunitaria y atención hospitalaria a las personas con discapacidades mentales.

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  • Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral. Este ministerio, encargado de propiciar e impulsar el derecho de acceso al trabajo de la población en general, cuenta con el Departamento para la Integración Socioeconómica de las Personas con Discapacidad, destinado a desarrollar programas que fomenten la capacitación, la rehabilitación profesional e inserción al mercado laboral de esta población. Adicionalmente a ello, tiene la obligación de dar cumplimiento a las normas que sobre empleo y rehabilitación, contempla la Ley 42 sobre Equiparación de Oportunidades, Art. 40 al 47, particularmente en lo concerniente a la inspección a las empresas que cuentan con más de 50 trabajadores para verificar que éstas cumplen con el 2% de contratación de personal con discapacidad.

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  • El Instituto Panameño de Habilitación Especial (IPHE). Esta entidad, autónoma con presupuesto propio, tiene como misión ofrecer servicios de habilitación y rehabilitación como apoyo al proceso educativo de la niñez que presenta discapacidad en sus distintas modalidades. De conformidad con esta misión, esta entidad cuenta con programas como: Enseñanza Especial (destinado a niños con discapacidad intelectual), Autismo, Parálisis Cerebral, Estimulación Precoz, Escuela Nacional de Sordos, Escuela Nacional de Ciegos, Helen Keller, Escuela Vocacional Especial, Centro de Rehabilitación Integral para Personas Ciegas, Centro Agropecuario Jorge Carles. Debe consignarse que entre la población beneficiada, también se incluye personas adultas con discapacidad visual y otras discapacidades.

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  • Otras entidades, la sociedad civil y el sector privado. Es importante destacar que existen otras entidades que cuentan con oficinas denominadas, de Equiparación de Oportunidades, destinadas a ofrecer programas o servicios a la población con discapacidad y a otros grupos vulnerables, según sea la naturaleza de cada entidad. Tales son los casos del Ministerio de Seguridad Pública, el Ministerio de Obras Públicas, el Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial, el Ministerio de Salud, el Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral, el Instituto Nacional de Cultura, la Caja de Seguro Social, el Instituto Panameño de Deportes, el Instituto para la Formación y Aprovechamiento de Recursos Humanos, la Autoridad Marítima de Panamá y el Servicio de Protección Institucional, el Órgano Judicial y la Asamblea Nacional de Diputados, entre otras. En el sector privado, los esfuerzos se concentran en fundaciones y organizaciones no gubernamentales que tienen a su cargo pequeños centros escolares, de capacitación o instituciones de rehabilitación, que ofrecen un apoyo importante a las acciones del Estado. El resto del movimiento asociativo de personas con discapacidad y sus familias, como integrantes de la sociedad civil, ejercen una función de monitoreo de las acciones estatales para que se dé cumplimiento a las políticas y a las disposiciones de la Convención.

 

Realidades de los discapacitados hoy en día

La discapacidad es un asunto social en el cual están inmersas las personas con poco acceso a políticas de salud y deficiencias en los problemas de salud. A estos ciudadanos, se les condiciona y restringe la participación social imponiéndoles “barreras” sociales, culturales y físicas para la realización de muchas actividades sociales.

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En el caso especifico de Panamá para la atención de los problemas de discapacidad, el país cuenta con el Instituto de Medicina Física y Rehabilitación, el Instituto Panameño de Habilitación Especial y en materia educativa la Universidad Especializada de las Américas, la cual prepara profesionales idóneos en el área de la rehabilitación integral.

Que si bien la metodología aplicada hasta ahora parecía ser la adecuada a la diversidad de respuestas que debían brindarse en la materia, la realidad ha demostrado, que en la práctica se desaprovechan los recursos humanos y materiales, agravado todo esto porque la Ley 42 del 27 de agosto de 1999 sobre “Equiparación de oportunidades para las personas con discapacidad”, no prevé la fuente de financiamiento correspondiente.

Para las personas con discapacidad, obtener un trabajo no sólo significa cubrir sus necesidades básicas, sino que también puede utilizar servicios médicos necesarios para su mejoramiento y de esa manera poder contribuir de una manera más útil a la sociedad.

La tutela se ejercerá por un solo tutor, bajo la vigilancia del Ministerio Público y del Defensor del Menor. La autoridad competente tomará las medidas necesarias para asegurar el cuidado de las personas y de sus bienes hasta el nombramiento del tutor, cuando por ley no hubiese otras personas encargadas de esta obligación. Si no lo hiciese, será responsable de los daños que por esta causa sobrevengan a los menores o incapacitados.

El Código protege al discapacitado de toda explotación, abuso o trato degradante; así como la exhibición ante el público en circunstancias lesivas a su dignidad y, en general, de cualquier violación a sus derechos inherentes, incluyendo el derecho a recibir el tratamiento acorde a su discapacidad, el respeto a sus derechos como humano, y a sus garantías procesales, en todo proceso judicial en que se vea involucrado.

A veces se producen situaciones difíciles a causa de nuestras contradicciones, a esos abismos que se crean entre teoría y práctica, entre norma y realidad, entre, lo que se dice y lo que se hace, entre realidades y mitos. En cuanto a las sociedades, la integración perdura aún como un ideal difícil de concretar, en un país con índices de desempleo elevados, con leyes no aplicadas, con barreras arquitectónicas, urbanísticas y culturales, con ignorancia social, falta de interés y compromiso a nivel estatal.

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Actualmente, en Panamá se calcula que el 11% de la población tiene algún tipo de discapacidad, ello representa unas 385 mil personas y cerca de la mitad viven en pobreza extrema.

Citar este texto en formato APA: _______. (2016). WEBSCOLAR. La discapacidad en Panamá. https://www.webscolar.com/la-discapacidad-en-panama. Fecha de consulta: 28 de March de 2024.

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