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El Fondo de Bienestar Estudiantil (FECE)

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Bajo que ley se crea el FECE?

El Decreto Ejecutivo Núm. 238 de 11 de junio de 2003, por el cual se reglamenta el Fondo de Equidad y Calidad de la Educación (FECE) modificado por Decreto Ejecutivo Núm. 9 de 7 febrero de 2006.

Una fuente de financiamiento del sector educativa, la constituye el Fondo de Seguro Educativo, creado mediante Ley 13 de 1987, integrado por las contribuciones provenientes de los salarios básicos aportados por los patronos, 1.50%; de los salarios básicos aportados por los empleados del sector público y privado, 1.25%; y de los ingresos anuales declarados por los trabajadores independientes, 2.75%.

Cuál es el aporte que recibe el ministerio de Educación por parte del Seguro educativo y como se divide?

La Oficina de Administración del FECE del Ministerio de Educación, será la encargada de coordinar, informar, verificar la población estudiantil y las necesidades de cada Centro Educativo; determinar las asignaciones y asesorar y orientar a los Directores y Administradores, a fin de procurar el óptimo manejo de los fondos.

El Fondo de Equidad y Calidad de la Educación, corresponde al 27% del seguro educativo. De este monto, se destina el 94% para distribuir en los dos primeros niveles del sistema educativo, dentro de los cuales se incluyen los centros del Instituto Panameño de Habilitación Especial, 4% para la Capacitación Docente y 2% para la Administración y Supervisión del FECE.

El 27% de los ingresos obtenidos por la contribución del Seguro Educativo se destina para sufragar los gastos de los Centros Educativos de 1er nivel de enseñanza o Educación Básica General y 2do nivel de Enseñanza o Educación Media. El porcentaje indicado, sumado a los excedentes de la recaudación del Seguro Educativo al cierre del año fiscal y cualesquiera otras que sean asignadas, constituyen un Fondo único denominado Fondo de Equidad y Calidad de la Educación (FECE), que será administrado por el Ministerio de Educación.

El Fondo de Bienestar Estudiantil, está destinado a mejorar el rendimiento de los estudiantes y será utilizado de acuerdo a la siguiente distribución:

  • Comedor Escolar, 60%: para desayunos, almuerzos y/o cenas de los estudiantes más necesitados de cada Centro Escolar. Los beneficiarios serán seleccionados previa evaluación de cada caso en particular, por la Comisión designada para tal fin.
  • Otros Gastos, 40%: para gastos médicos, donaciones estudiantiles, transporte, actividades recreativas y culturales y cualquier otro gasto dirigido al bienestar estudiantil, siempre y cuando sea necesidad comprobada y esté debidamente justificada. Dentro de los otros gastos un porcentaje será asignado al IFARHU, para el cumplimiento de dos programas: becas y préstamos para estudios profesionales. A la Radio y Televisión Educativa (Canal 11). El resto se destinará para atender programas de educación sindical, cooperativa y agropecuaria (administrados por el INAFORP, el Ministerio de Trabajo y el IPACOOP); capacitación gremial docente, y capacitación continua al sector privado, entre otros.

Citar este texto en formato APA: _______. (2013). WEBSCOLAR. El Fondo de Bienestar Estudiantil (FECE). https://www.webscolar.com/el-fondo-de-bienestar-estudiantil-fece. Fecha de consulta: 5 de December de 2023.

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